En una entrevista con Prensa Latina, el letrado recordó que el 17 de abril la administración de Donald Trump debe tomar una decisión con respecto a ese apartado, el cual fue suspendido por todos los gobiernos previos desde 1996, pero comenzó a aplicarse parcialmente en marzo último.
A través del Título III, un mecanismo que muestra el carácter extaterritorial del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra el país caribeño hace casi 60 años, se permitiría a nacionales de Estados Unidos llevar a los tribunales a quienes “trafiquen” con “propiedades norteamericanas” en Cuba.
Ello incluye la posibilidad de iniciar una demanda contra aquellas personas de terceros países que inviertan en el territorio cubano en propiedades nacionalizadas tras el triunfo de la Revolución, el 1 de enero de 1959.
Incluso, en lo que es visto como una contradicción con el derecho internacional, ese acápite otorga autoridad de reclamantes a cubanoamericanos que eran ciudadanos cubanos en el momento en que las propiedades fueron nacionalizadas.
Dados los perjuicios que implicaría esa parte de la ley aprobada en 1996, no solo para Cuba, sino para Estados Unidos y aliados de esta nación como la Unión Europea (UE) y Canadá, los predecesores de Trump desde William Clinton (1993-2001) evitaron su puesta en práctica con suspensiones que se prorrogaban cada seis meses.
La actual administración, sin embargo, anunció en enero que solo prolongaría la suspensión por 45 días, y en marzo hizo lo mismo por un plazo de 30, pero en ese caso dijo que a partir del 19 de ese mes permitiría la presentación de demandas judiciales contra más de 200 empresas cubanas incluidas en una lista unilateral de sanciones.
Muse indicó que hasta el momento no ha habido ninguna acción legal contra esas entidades y subentidades del país caribeño, y eso puede estar relacionado con que los litigantes potenciales ven muchas dificultades por tratarse de empresas sin conexión o presencia en Estados Unidos.
Para él, la principal cuestión a definir este 17 de abril si finalmente el ejecutivo del presidente republicano decide seguir adelante con el Título III, será contra quiénes se podrían interponer las reclamaciones.
El abogado, quien señaló que se opuso a la Helms-Burton desde la etapa en que se comenzó a discutir en el Congreso, agregó que el modo en que está diseñado el acápite permite las demandas contra el Gobierno de Cuba.
Si Estados Unidos procediera a autorizar ese tipo de acciones, no solo contra los dos centenares de entidades restringidas, sino contra el Gobierno en sentido general, “creo que veríamos varios cientos de miles de demandas que inundarían las cortes norteamericanas”.
Tales reclamaciones, reflexionó el experto, terminarían en sentencias por default, ya que el ejecutivo de la nación antillana no trataría de presentar una defensa en esas acciones legales.
“No creo que (Estados Unidos) vaya a hacer eso, no creo que quieran llenar los tribunales con miles y miles de litigaciones”, dijo el letrado, quien estimó que si se implementa el Título III, será fundamentalmente contra corporaciones privadas presentes en la isla, por lo regular empresas que tienen joint ventures (proyectos conjuntos).
Sobre el impacto específico para las compañías estadounidenses, Muse recordó que estas no tienen exenciones bajo la ley de 1996, y por tanto pueden ser tan demandas como las europeas, asiáticas o latinoamericanas con negocios en la mayor de las Antillas.
En el caso de las aerolíneas o empresas estadounidenses de cruceros que tienen ya una amplia actividad en el territorio vecino, podrían estar libres de los peligros de una reclamación porque una provisión de la normativa establece que no constituyen “tráfico” las transacciones relacionadas con viajes legales a Cuba.
Muse añadió que aplicar el apartado contra el sector corporativo extranjero tendrá repercusiones negativas en la inversión foránea en la nación antillana.
Cuando una corporación decide realizar negocios en un país, no quieren estar en un lugar donde es posible un litigio, donde pueden recibir reclamaciones en una corte de Estados Unidos, las cuales suelen requerir demasiado tiempo y son muy costosas, afirmó.
Al respecto, el abogado llamó la atención sobre el hecho de que la Ley Helms-Burton nunca se trató seriamente del tema de las demandas, sino que estaba ideada para expandir el embargo (bloqueo) contra al territorio vecino, al poner todas estas propiedades nacionalizadas bajo cuestionamiento.
“La ley fue aprobada hace 23 años, y después de un tiempo de suspensión del título las personas comenzaron a pensar que nunca sería implementado, las compañías fueron a Cuba sin temor a eso”, explicó.Preguntado sobre qué ha cambiado entonces con el Gobierno de Trump, el experto sostuvo que, por una parte, este ejecutivo ha tenido la idea de una implementación parcial, para sortear el problema de las miles y miles de demandas potenciales.
“Una pregunta para las cortes es si la administración tiene la autoridad de realizar una implementación parcial del Título III, creo que se puede argumentar fuertemente que no la tiene, que debe implementarlo completamente o mantenerlo suspendido”, estimó.
Muse también hizo referencia al impacto que tuvo el nombramiento de Mike Pompeo como secretario de Estado y el de John Bolton como consejero de Seguridad Nacional, por tratarse de figuras que junto al gobernante no han dudado en apelar a la Doctrina Monroe, una postura del siglo XIX que busca justificar la injerencia de Washington en América Latina.
A ello se une que el ejecutivo del republicano está menos preocupado que los anteriores por el efecto que pueda tener la legislación para aliados como la UE, aun cuando el bloque comunitario, y en particular España, han repetido su oposición a la puesta en marcha del mecanismo.
Estados Unidos está diciendo que es hora de alinear la política europea sobre Cuba con la de Washington, no creo que la protesta de esos países vaya a hacer mucha diferencia, apuntó el abogado.
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